Representantes de una organización civil pidieron al Poder Judicial que reactive un expediente en el que habían promovido una acción de amparo para que se declare la nulidad del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23, que derogó la ley de Tierras. Fue a partir del fallo de la Corte Suprema que esta semana rechazó un planteo con el mismo objetivo que había sido promovido por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim).

Se trata de la Fundación Interactiva para la Cultura del Agua (Fipca), que había promovido la acción en febrero de 2024, unos meses después de la presentación de los ex combatientes. En su caso, habían objetado la norma debido a que pretende la modificación de una ley nacional de rango superior, algo que “acarrea un daño irreparable a la Nación y al pueblo argentino en general, ya que su derogación permite la venta indiscriminada y sin límite ni tope alguno, de parte y/o todo el territorio argentino a cualquier potencia extranjera, sociedad y/o fondos de inversión”.

A partir de lo que manifestaron los representantes de Fipca en ese escrito de inicio, se conformó un expediente que permanece frenado desde abril de 2024, cuando el juez federal de la Plata, Alberto Recondo, dispuso que quede sujeto, por “efectos expansivos”, a lo que se defina en el marco de la acción impulsada por el Cecim contra el mismo artículo del mencionado DNU. En otras palabras, que se aplique en la causa promovida por Fipca lo que se defina en el planteo de los ex combatientes algo que anteayer la Corte Suprema rechazó.

“Como la Corte solamente se expidió sobre la legitimación del Cecim y dijo que no lo estaba, no se pronunció sobre el fondo de la cuestión (NdR: la validez de la derogación), con lo cual ahora nuestra causa puede seguir, porque lo de la falta de legitimación sólo aplica al Cecim”, explicó a Tiempo el abogado Daniel Valmaggia, representante de Julio César Urien, presidente de la Fipca y promotor de la demanda contra el artículo que deroga la ley de Tierras.

La presentación de Fipca busca que se declare la inconstitucionalidad y nulidad del mencionado artículo. Ello con un pedido de medida cautelar para que se suspenda la vigencia de la derogación, que a partir del fallo de la Corte está vigente, es decir, la ley que ponía tope a la compra de territorio argentino por parte de extranjeros de 15% municipal, provincial y nacional. En la causa también son parte la Asociación Civil Instituto Futaleufú, la Coordinadora Argentina por los Derechos Humanos (CADH) y el Sindicato Único de Administraciones Portuarias (SUTAP), entre otras entidades y organizaciones.

Con el pedido para que se reactive la causa, ahora el que debe definir es el juez Recondo. No es la primera vez que interviene en un caso contra el Poder Ejecutivo contra el DNU 70/23. De hecho, fue uno de los primeros jueces que rechazó un planteo contra la medida a fines de diciembre de ese año, unos días después de la publicación de la norma en el Boletín Oficial, cuando rechazó analizar una presentación de un ciudadano llamado Santiago Pavón Jaureguiberry por no estar legitimado. Debido a eso, no se metió a analizar el fondo del asunto.

Frente a un eventual rechazo de la petición por parte del juez Recondo, los autores de la demanda avisaron que recurrirán a instancias superiores como la Cámara Federal de La Plata y la Corte Suprema.

Por GP

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